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Normas para la estación de penitencia. El Nazareno de Fátima

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Para participar en la Estación de Penitencia será imprescindible (a excepción de los capataces y costaleros, acólitos y personal auxiliar) vestir el hábito de la Hermandad, sea el de nazareno o el de monaguillo, quedando terminantemente prohibido llevar cualquier signo externo (reloj, pulseras, etc.) que posibilite la identificación, a excepción de la alianza matrimonial. Para verificar tal extremo, a la entrada en el templo se procederá a la comprobación de su cumplimiento de modo estricto.

Los nazarenos deberán trasladarse, tanto para llegar al templo como al retirarse a su domicilio, por el camino más corto, directamente y en silencio, quedando expresamente prohibido permanecer en la calle o lugar público con el antifaz quitado o en actitud impropia del acto penitencial en el que se participa y por el carácter que imprime el encontrarse revestido del hábito nazareno. Sólo se descubrirán cuando se les permita u ordene por los responsables de la Cofradía.

Todos aquel que participe en la Estación de Penitencia deberá estar puntualmente a la hora que sean citados, accediendo a la templo por la puerta trasera.

Al llegar al templo, rezarán un Credo al Señor y una Salve a la Stma. Virgen, dirigiéndose a continuación al lugar de formación de su tramo, donde se pasará lista, permaneciendo desde ese momento a las órdenes del diputado correspondiente, que indicará en cada momento el lugar a ocupar dentro de la Cofradía, pudiendo éste cambiar por necesidades de organización de la misma. El sitio asignado, así como el cirio, cruz, farol, vara, insignia bocina o manigueta que le corresponda, no podrá ser abandonado bajo ningún concepto durante la Estación de Penitencia, de no ser por un grave motivo o causa justificada -que deberán comunicar inmediatamente al diputado de tramo correspondiente- entregando a este ultimo la papeleta de sitio.

Los hermanos nazarenos deberán llevar siempre en su poder la Papeleta de Sitio, que le podrá ser exigida en cualquier momento, quedando prohibida expresamente su cesión a otra persona, pertenezca o no a la Hermandad, para que ésta ocupe su lugar en la Cofradía.

Los nazarenos mostrarán un comportamiento digno y respetuoso en el interior del templo estando prohibido salvo expresa autorización el uso de dispositivos móviles y de cámaras fotográficas. Durante el recorrido, permanecerán en silencio y atendiendo las indicaciones de sus diputados. Si fueren requeridos por infracción alguna, se identificarán y harán entrega de su papeleta de sitio. Durante la Estación de Penitencia no está permitido comer, fumar ni tomar bebidas alcohólicas, así como hablar, ni con otros nazarenos ni con persona alguna que presencie el transcurrir de la Cofradía. El nazareno no se ocupará de encender su cirio si éste se apagase, esperando a que lo haga el diputado de tramo correspondiente.

Los hermanos son responsables ante la Junta de Gobierno de la Hermandad y ante ella misma, de las insignias, varas, cruces, etc. que porten, así como de la parte de cirio no consumido durante la Estación de Penitencia.

Al regreso de la Cofradía y ya dentro del templo, el nazareno se dirigirá donde indique su diputado de tramo y permanecerá en él hasta que entre el Paso de la Stma. Virgen de la Encarnación y finalicen los rezos en acción de gracias y por los hermanos difuntos, abandonando la Parroquia cubierto y manteniendo la compostura que requiere el hábito nazareno, regresando directamente hasta su domicilio.

Los costaleros estarán bajo las órdenes directas de los capataces designados por la Junta de Gobierno, así como de las del Diputado de Mayor de Gobierno o cualquiera de sus auxiliares, en lo concerniente a su comportamiento fuera de los Pasos. Estarán sujetos a las mismas exigencias de comportamiento que el resto de los hermanos que forman el cortejo, cuidando dentro y fuera de los Pasos de mantener especial decoro en su comportamiento e indumentaria. Cualquier forma de indisciplina o incumplimiento deberá ser comunicada por su capataz al Diputado Mayor de Gobierno, que pasará informe a la Junta de Gobierno para su estudio y resolución.

La infracción grave de estas normas será causa de retirada de la Papeleta de Sitio, así como del cirio, cruz, vara, insignia, etc. que se portase, conllevando el abandono inmediato de la Cofradía. Si la infracción se cometiese fuera del cortejo procesional, el Diputado Mayor de Gobierno o sus auxiliares habrán de comprobar, de manera discreta, la identidad del infractor, comunicando tal circunstancia al término de la Estación de Penitencia. Cualquier incumplimiento, además, dará lugar al informe pertinente a la Junta de Gobierno, que tomará en caso necesario las medidas que considere oportunas.

 

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